miércoles, 29 de marzo de 2017

Santander: Convocadas las ayudas 2017 para la promoción de la vida autónoma


El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy el extracto de la Orden por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas para la promoción de la vida autónoma para 2017.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas empadronadas en algún municipio de la Comunidad Autónoma, mayores de 65 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y con una discapacidad igual o superior al 33%, por resolución anterior a la fecha de finalización he dicho plazo.
Estas ayudas se dirigen a personas que debido a su edad o limitaciones en la actividad tienen dificultades para desenvolverse en su medio habitual, facilitándoles el acceso a prestaciones y servicios que mejoren su calidad de vida y su integración en el entorno social.
Los ingresos del beneficiario no habrán de exceder de 1.200 euros mensuales netos, y en el caso de los trabajadores autónomos, se tendrá en consideración la media mensual de ingresos obtenidos en el último trimestre del año 2016. En caso de formar parte de una unidad económica familiar se tendrán en cuenta los ingresos de los miembros. En este caso, el límite se incrementará en un 50% del IPREM mensual de 2017 (226,25 euros), por cada uno de los miembros de la unidad económica familiar señalada que conviva con la persona interesada, incluyendo los hijos menores de edad a cargo del solicitante.
Además, para la concesión de la ayuda ésta no ha de sufragar los servicios o prestaciones a los que la persona solicitante tenga derecho con cargo a otros sistemas públicos de protección social, educativa o sanitaria, empresas, mutuas, entidades aseguradoras u otras entidades públicas o privadas. Tampoco se prestará esta ayuda si el demandante tiene reconocidas prestaciones similares a través de la Ley de Atención a la Dependencia o de otros servicios del Sistema Público de Servicios Sociales de Cantabria.
Se consideran ayudas para la promoción de la vida autónoma las destinadas a personas físicas que precisen los servicios, bienes materiales o tratamientos para los que se concede la ayuda, siempre que cumplan los requisitos generales y específicos establecidos en la convocatoria.
La cuantía máxima de la convocatoria será de 1.900.000 euros y las cuantías máximas por beneficiario varían en función del tipo de ayuda concedida y se concederán hasta el límite de la disponibilidad presupuestaria.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación correspondiente será de un mes, a partir de mañana, y se presentarán en el registro delegado del ICASS, en la calle General Dávila, número 87 de Santander.

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